Este Código es una guía para que niños, niñas, adolescentes,
adultos e instituciones, se comprometen a tener un comportamiento en el uso de
las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC, en
beneficio de su entorno social y gremial aún en ausencia de normas que rijan
este comportamiento. El objetivo de este Código es unificar en un solo
documento las bases que definen a un "buen ciudadano digital".

LEY 1273 DEL 2009
1.1.1 “de la protección de la información y de los datos” Es el conjunto de medidas preventivas y reactivas de
las organizaciones y de los sistemas tecnológicos que permiten resguardar y
proteger la información buscando mantener la confidencialidad, la
disponibilidad e integridad de la misma.
1.1.2 Hace referencia a la creciente capacidad tecnológica, que permite replantear la estructura de las relaciones sociales, económicas, culturales y políticas, de acuerdo a los desarrollos existentes en la infraestructura de telecomunicaciones con el fin de obtener o compartir cualquier información de una manera rápida desde cualquier lugar y de la forma que se prefiera.
LEY 1341 DEL 2009
2.1.1 "Por la cual se definen principios
y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia
Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones"
MANUAL DE CONVIVENCIA ART. 20 Nº 19
1.1.3 Art. 14 DEBERES DEL Y LA ESTUDIANTE. No. 40 cumplir con el servicio social obligatorio en los grados y con la metodología definida por el colegio
Art. 14 No. 51 adelantar siempre y ante cualquier conflicto las etapas procedimentales establecidas en el manual de convivencia debiendo seguir el orden de las mismas, cumpliendo los términos y sometiéndose al conducto regular y al debido proceso en todo momento.
Art. 14 No. 52 cumplir con las disposiciones expresadas por el colegio mediante resoluciones, acuerdos, circulares, memorandos y otras comunicaciones.
Art. 14 No. 55 proteger la integridad y seguridad personal y de los demás.
Art. 14 Parágrafo 6: El incumplimiento o la omisión de los
anteriores deberes afectan la convivencia de la Comunidad Educativa y por lo
tanto se consideran como faltas.
Art. 17 CONDUCTO REGULAR, ante cualquier dificultad se debe
seguir el conducto.
Art. 18 No. 3 AGRESIÓN ELECTRÓNICA es toda acción que busque
afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la
divulgación de fotos o vídeos considerados como privacidad personal o que
contengan o que contengan acciones humillantes en internet, realizar
comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y
enviar correos electrónicos o mensajes de textos insultantes y ofensivos tanto
de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
Art. 18 No. 7 AGRESIÓN RELACIONAL: Es toda acción que afecta
negativamente las relaciones sanas y adecuadas que otros tienen. Incluye
excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos
buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente
a otros.
Art. 18 No. 9 CIBERACOSO ESCOLAR (Ciberbullying): De acuerdo con el
art. 2 de la ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado
de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía
móvil y vídeo juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
Art. 28 FALTAS GRAVES No. 9 El plagio en trabajos, talleres, reportes y demás informes que requieran presentar información o ideas de otros.
Art. 28 FALTAS GRAVES No. 14 demostrar constante irresponsabilidad en el desarrollo de los diferentes trabajos y actividades académicas.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 1 Manifestar cualquier
conducta negativa, intencional metódica y sistemática de intimidación,
agresión, amenaza, ridiculización, difamación, chantaje, soborno, coacción,
aislamiento deliberado o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, físico o verbal a un compañero, profesor, directivo o
cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la Institución.
(Ley 1620 de 2013).
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 6 Ser coautor, cómplice o
encubridor de faltas graves cometidas por algún estudiante.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 11 Difundir imagenes o escribir
panfletos difamatorios contra miembros de la institución, entre ellos los
electrónicos pues constituyen en ocasiones delitos informáticos.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 14 apoderarse y falsificar trabajos, talleres, misiones de entrenamiento,laboratorios, cuadernos y libros de los estudiantes y presentarlos a nombre propio.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 15 difamar,injuriar o calumniar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS No. 12 Traer al colegio, mirar o
hacer circular material impreso, magnético, audiovisual u objetos obscenos, así
como fichas, stickers, tatuajes, tazos, calcomanías, entre otros que atenten
contra la dignidad humana y vulneren la moral pública y la dignidad de las
personas.
CÓDIGO DE CONDUCTA DIGITAL
1.1.4 COMPORTAMIENTO: Es la manera de proceder que tienen
las personas u organismos, en relación con su entorno o mundo de estímulos. El
comportamiento puede ser consciente o inconsciente, voluntario o involuntario,
público o privado, según las circunstancias que lo afecten. La ciencia que
estudia la conducta y el comportamiento animal es la etología y la ciencia que
estudia la conducta desde el punto de vista de la evolución es la ecología del
comportamiento.
DELITOS INFORMÁTICOS
1.1.5 INFRACCIONES: Es un concepto que pertenece a la esfera
del juicio, es decir, de las actitudes valorativas. En general, se denomina
infracción a todo juicio o valoración que contraviene el criterio que se
reconoce como válido, en el campo al que se refiere el juicio.
se parodian las conductas que la mayoría de nosotros, los
hiperconectados al mundo digital, adoptamos a diario.
CON DIFERENTES IMÁGENES Y VÍDEOS ENTERAS MAS QUE CON TEORÍA....
Sexting: Comportándonos más allá de la moda
Nuestro carácter es el resultado de nuestra conducta.
Las Redes Sociales no se trata de Sitios Web. Se trata de las experiencias.
Hay un ser humano detrás de cada tweet, blog y correo electrónico. Recuérdalo.
“Si quieres tener éxito en las Redes Sociales humaniza tu
marca. Relájate, disfruta de las conversaciones y sirve a todos no solo a tus
clientes.”
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